Noruega Asistencia Judicial De La Información

Cartas de Solicitud debe ser preparado por duplicado

Descargo de responsabilidad: la información se proporciona sólo para información general y puede no ser totalmente precisa en un caso específicoCuestiones relativas a la interpretación de determinadas leyes extranjeras deben ser dirigidas a la adecuada autoridades extranjeras o extranjeros abogado. Noruega es parte en el Convenio de la Haya sobre el Servicio en el Extranjero Judicial y Extra Documentos Judiciales en Materia Civil y Mercantil. Información completa sobre el funcionamiento de la Convención, incluyendo un sistema interactivo en línea formulario de solicitud están disponibles en la Conferencia de la Haya sitio web. Las solicitudes deben ser cumplimentado y enviado con dos juegos de los documentos para ser servido, y traducciones, directamente a Noruega la Autoridad Central del sistema de la Haya Convenio sobre el Servicio. La persona en los Estados unidos de ejecutar el formulario de solicitud debe ser un abogado o un funcionario de la corte. El solicitante debe incluyen los títulos de licenciado en derecho o secretario de la corte sobre la identidad y dirección del solicitante y firma - sello de campos.

En sus Declaraciones y Reservas en la Haya el Convenio sobre el Servicio, Noruega se opuso formalmente a servicio en virtud del Artículo, y no permite que el servicio postal a través de los canales.

Para obtener más información, consulte la Conferencia de la Haya Convenio sobre el Servicio de la página web y la Conferencia de la Haya de Manual Práctico sobre el Funcionamiento de la Haya Convenio sobre el Servicio. Véase también Noruega en respuesta a la de Conferencia de la Haya de cuestionario sobre el funcionamiento práctico de la Haya Convenio sobre el Servicio. Servicio de un Estado Extranjero: Ver también nuestro Servicio Bajo el Soberano Extranjero Ley de Inmunidades (FSIA) y FSIA Lista de verificación para preguntas acerca de servicio de un estado extranjero, agencia o instrumentalidad.

Servicio de Documentos de Noruega en los Estados unidos: Ver información sobre el servicio en los Estados unidos en los estados UNIDOS de la Autoridad Central para el Servicio de la Convención de la página de la Conferencia de la Haya de Derecho Internacional privado Convenio sobre el Servicio del sitio.

Procesamiento de las Solicitudes: las leyes federales o estatales fiscales deben también ponerse en contacto con la Oficina de Asuntos Internacionales de la División Criminal del Departamento de Justicia de orientación. La defensa de las Solicitudes en Materia Penal: el acusado o su abogado defensor en busca de asistencia judicial en la obtención de pruebas o en efectuar el servicio de documentos en el extranjero en relación con asuntos penales, puede hacerlo a través de la comisión rogatoria proceso. Noruega es parte en el Convenio de la Haya sobre obtención de Pruebas en el Extranjero en Materia Civil y Mercantil. La Autoridad Central de Noruega para la Haya Evidencia Convención designado para recibir las cartas de solicitud para la obtención de la prueba es el Real Ministerio de Justicia y la Policía. Ver la Haya Evidencia de la Convención de modelos de Cartas de Solicitud de orientación sobre cómo preparar una carta de solicitud. Las solicitudes deben ser traducido al noruego, danés o sueco. Las solicitudes para la obligatoriedad de la prueba en virtud de la Haya Evidencia Convención se transmiten directamente por el órgano jurisdiccional requirente o de la persona en los Estados unidos para el noruego Autoridad Central y no requieren transmisión a través de los canales diplomáticos.

Este es obtenido por los estados UNIDOS La embajada

Ver el noruego Declaraciones y Reservas en la Haya Evidencia de la Convención. Véase también Noruega en respuesta a la de Conferencia de la Haya de cuestionario sobre el funcionamiento práctico de la Haya Evidencia de la Convención. Las solicitudes de Noruega para Obtener Pruebas en los Estados unidos: Los estados UNIDOS de la Autoridad Central del sistema de la Haya Evidencia de la Convención es la Oficina de Asistencia Judicial Internacional, la División Civil del Departamento de Justicia, L Street, N. C. Voluntaria de declaraciones de testigos dispuestos en materia civil y mercantil es permitido, independientemente de la nacionalidad de los testigos. Sin embargo, previo permiso de los noruegos Autoridad Central del sistema de la Haya Evidencia Convención es necesaria. Es aconsejable preguntar a la embajada a solicitar el permiso de la noruega de la Autoridad Central de tres o cuatro semanas antes de la deposición de la fecha. Oral de testimonios o declaraciones por escrito, las preguntas pueden ser tomadas por los oficiales consulares de EE.UU. o por abogados privados en la Embajada de los estados UNIDOS o en otro lugar como un hotel o en la oficina, ya sea en el aviso o en cumplimiento de una comisión. Si los servicios de un oficial consular de los estados UNIDOS están obligados a tomar juramento a los testigos, intérprete y taquígrafo, tales acuerdos deben hacerse con anticipación en la embajada de los estados UNIDOS directamente. Noruega es parte en la Convención de la Haya de suprimir el Requisito de Legalización de Documentos Públicos Extranjeros.

Noruega es la autoridad competente para el Convenio de la Apostilla de la Haya para autenticar el noruego documentos públicos con Apostillas.

Para obtener información acerca de la autenticación de estados UNIDOS los documentos públicos para su uso en Noruega, véase la lista de estados UNIDOS de las Autoridades Competentes. Para obtener una Apostilla para un consulado de los estados UNIDOS Informe de Nacimiento en el Extranjero de un Ciudadano de los Estados unidos de América, póngase en contacto con el Departamento de Estado de EE.UU, los Servicios de Pasaporte, la Oficina de Registros civiles. Suscríbete para recibir hasta a la fecha de la seguridad y la seguridad de la información y nos ayudan a llegar a usted en caso de una emergencia en el extranjero. Estás a punto de salir de viaje estado. gov para un sitio web externo que no es mantenido por el Departamento de Estado. Enlaces a sitios web externos se proporcionan para su conveniencia y no debe interpretarse como una aprobación por el Departamento de Estado de los puntos de vista o productos contenidos en ella.